martes, 7 de abril de 2009

Decreto 535: Machacando sobre el engaño


Por Rodrigo López Oviedo

Resulta curioso: Mediante el decreto 535 del 24 de febrero de 2009, el Gobierno nacional reglamentó un artículo del Código Sustantivo del Trabajo, el 416, que está próximo a cumplir, ríanse, ¡59 años de existencia! 59 años que dan una idea de lo paquidérmicas que son nuestras instituciones, pero también de lo dispuestos que están a defender los intereses de las castas oligárquicas quienes los representan en ellas.

El 416 es un artículo esencialmente denegatorio de derechos laborales. Su contenido excluye a los empleados públicos de las posibilidades de presentar pliegos de peticiones, de celebrar convenciones colectivas y de declarar la huelga, que sí son reconocidas a los demás trabajadores, aunque se los reprime con saña cada vez que hacen uso de ellas.

También resulta curioso que en el decreto se hayan invocado las leyes 411 de 1997 y 524 de 1999. Estas leyes fueron expedidas con la intención de incorporar formalmente a nuestra legislación laboral los Convenios 151 y 154 de la OIT, y son mucho más favorables a la actividad sindical en el sector público. Sin embargo, tal invocación es un engaño. No tiene más propósito que distraer a la opinión pública con supuestas buenas intenciones, pues bien se sabe que una norma reglamentaria no puede ir más allá de lo autorizado por la reglamentada, siendo ésta la que le marca la pauta al funcionario reglamentador. Si las intenciones del Gobierno hubieran sido realmente buenas, hubiera hecho más reglamentando las leyes 411 y 524, con lo cual habría dejado superado el lesivo marco del mencionado artículo 416.

¿Qué pretendió el Gobierno con esta reglamentación? Indudablemente, debilitar la resistencia ofrecida por la bancada demócrata del Congreso estadounidense a la aprobación del TLC, induciéndola al error de creer que está dispuesto a sepultar en el pasado las prácticas antisindicales que lo han caracterizado y que ahora le resultan un obstáculo para la aprobación del Tratado.

Pero también buscó recordarles a los trabajadores estatales la existencia de una norma que los ha excluido de todo derecho a negociar con su patrón, y ahora especialmente en aspectos relacionados con “la estructura organizacional, las plantas de personal, las competencias de dirección, administración y fiscalización del Estado, los procedimientos administrativos y el principio del mérito como presupuesto esencial de la carrera administrativa”, pues ya sobre aspectos salariales y prestacionales estaba excluida, por otras normas, toda posible discusión.

Sobre lo demás, si algo queda, sí se podrá concertar, siempre que existan disponibilidades presupuestales y no se contradigan los lineamientos del CONPES. Si hay acuerdo, lo acordado se elevará a ley entre las partes, pero si no, a los trabajadores les quedará el recurso de acudir, por toda acción reivindicativa, a la lectura de la “respuesta motivada de las razones por las cuales (el Gobierno) no accede a la petición”.

Este Decreto es solo un elemento más de la dictadura hacia la cual el uribismo ha ido empujando al país y de los disimulos que se toma para hacerlo. Por estos días, expidió otro par de decretos con el supuesto fin de facilitar la reactivación de las cooperativas que están en liquidación, pero solo reafirmó con ellos las dificultades que existían para hacerlo desde ante de su expedición. Estamos, entonces, ante una estrategia engañosa que ojalá no dejemos convertir en maña.

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